sábado, 13 de junio de 2009

Proyecto de Reforma de la LOT para su 2da Discusion - Febrero 2005

Además de las reformas propuestas contiene todo un análisis prudente a tener en cuenta.

4 comentarios:

Anónimo dijo...

EN ESTE INFORME SE DISCUTE LA REFORMA DE ALGUNOS ARTICULOS DE LA LEY ORGANICA DEL TRABAJO. AQUI LO QUE SE QUIERE ES CONSOLIDAR ALGUNOS ENLACES EN LAS DIFERENTES TEMASPAA SIMPLIFICAR Y TENER MAS CLARIDAD. ESTOS ARTICULOS COMO LO SON LOS DE PRESTACIONES SOCIALES, ANTIGUEDAD, HORARIO DE TRABAJO SEGUN ESTO SE ESTA HACIENDO PARA PROTEGER AL TRABAJADOR,(A) PARA SU REALIDAD ACTUAL.
LA CRISIS QUE PRESENTE NUESTRO PAIS ECONOMICAMENTE HABLANDO ES BASTANTE ALTA, YA QUE LA INFLACION HA SUBIDO TANTO EN LOS SERVICIOS, ALIMENTOS ENTRE OTROS, QUE EL SUELDO NO ALCANZA PARA CUBRIR LAS NECESIDADES.
OTRAS MODIFICACIONESPLANTEADAS EN ES REFORMA DE LA LOT ES LA DE LOS SINDICATOS, ALGO MUY IMPORTANTE PARA NOSOTROS LOS TRABAJADORES YA QUE, ELLOS DEFIENDEN TUS DERECHOS Y NO DEJAN QUE VIOLEN TUS BENEFICIOS.
MAYERLING PEREZ. C.I. Nº 11056256

UN: D´TODO FARMA - MARKET dijo...

JOSELIN PLAZA......
Se Puede decir que el Proyecto de Reforma de la Ley Orgánica del Trabajo en su segunda discusiones abordan un análisis al respecto de los artículos de la LOT .De lo cual, establece un sustento teórico que enlace las diferentes teórica a fin de dar a conocer una completa visión de los diferentes enfoques económicos y sociales que abordan el tema del derecho del trabajador.
Entre ellos podemos decir, que el Art. 108.de la LOT dice lo siguiente: Después del Tercer mes ininterrumpido de servicio, el trabajador tendrá derecho a una prestación de antigüedad equivalente a cinco (5) días de salario por cada mes.
De lo cual, en la reforma dice que Después de un (1) mes ininterrumpido de
Servicio, todo trabajador del sector público o privado tendrá derecho a prestaciones de antigüedad que recompensen.ademas en el art.108 se discute agregar que Después de cada año de servicio ininterrumpido, posterior a la vigencia del presente régimen de prestaciones sociales el trabajador tendrá derecho a que sean depositados o acreditados a su favor, como prestación de antigüedad adicional, otros treinta (30) días de salario. Lo depositado o acreditado por este concepto le pertenecerá en propiedad, pero sólo podrá ser
Percibido por él al término de la relación de trabajo. El trabajador no podrá disponer de él en ningún caso, ni en todo ni en parte, antes del término previsto
De acuerdo con lo leído puedo decir, que estoy de acuerdo con la reforma al respecto con la antigüedad ya que un mes es suficiente para ver si el trabajador cumple con las expectativas del patrono o si el trabajador le gusta el empleo lo que no estoy de acuerdo es con el régimen de prestaciones sociales ya que el trabajador tiene todo su derecho de exigir el 60 % de su dinero.
Para finalizar viendo desde el punto de vista de las empresas no es recomendable que se cumpla esta reforma porque muchas organizaciones serrarían y otras reduserian el personal por todos esos nuevos beneficios que esta otorgando la ley LOT.

Anónimo dijo...

como se pudo ver en el presente informe se plantea la reforma de algunos articulos de la ley organica del trabajo,donde se busca tener una mejor vision y consolidar cada uno de los enfoques con respecto al trabajador.este es un tema que es de suma importancia para el trabajador aunque muchos no conocen el contenido de la misma,de acuerdo a lo expresado en dicho informe puedo decir que estoy de acuerdo con algunos puntos referentes a beneficios para el trabajador mas no estoy de acuerdo en otros debido a que traeria consecuencias negativas para muchas empresas.lo importante de esto es que todos los trababajdores gozen de buenos bebeficios y conoscan sus derechos que muchos no los conocen.

odarka diaz ci :16924159
administracion seccion "2"

Anónimo dijo...

aqui vemos como el articulo 108 de LTO mejora las condiciones de los trabajadores tanto publico y pribado, asi lograr que el trabajador tenga un beneficio hacia las condiciones que presentan actualmente para su labor. Pero tambien debemos destacar que el gobierno se ha preocupado netamnete por la parte del obrero y no por las condiciones de las empresas, que tambien es un factor impotante para poder crear una seguridad de parte y parte, tanto obrera como patronal, no dejemos a lado todas las razones de ayudar al obrero por ser la fuente de impulso de cualquier fabrica o compañias de servicios, pero esta reforma de este art. es dificil subsitir para algunas empresa y muchas no van a poder contiar y algunas puede que decidad emplear menos o reducir su personal, afectando partes importante en toda organizacion, desde la produccion hasta la parte administrativa de la misma.

MIGUEL MARGOTTA CI:16368825
seccion "2"